El ABC de los seguros de gastos médicos mayores

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Seguro de gastos Medicos Mayores

Antes de contratar o hablar con un corredor de seguros, debes leer cuáles son los términos básicos en una póliza de seguro. Salvador Cababie, experto corredor de seguros y director de la página www.bajatuseguro.com nos menciona algunos de ellos:

Período de espera: Es el tiempo establecido en la póliza, a partir de la contratación del seguro, durante el cual la aseguradora no cubre los gastos por la atención o tratamiento médico de ciertas enfermedades o padecimientos (generalmente graves). Como dato curioso, este término sólo se establece en las pólizas de seguros en México.

Preexistencia: Es la enfermedad o padecimiento que se inició antes de la contratación del seguro de gastos médicos y consecuentemente no está cubierta por el seguro.

Deducible: Es una cantidad de dinero a partir de la cual la aseguradora empieza a pagar el monto de la reclamación. La aseguradora no pagará accidentes o enfermedades cuya atención o tratamiento implique un monto menor al deducible.

Coaseguro: Es un porcentaje del total del monto que la aseguradora haya considerado como procedente para la atención o tratamiento derivado de un padecimiento, una vez que ha sido descontado el deducible. Este porcentaje también lo pagará el asegurado.

La mayoría de los seguros de gastos médicos, además del deducible, hacen que el usuario se solidarice con ellos pagando una parte de los gastos, a lo cual se le llama coaseguro, por lo tanto lo convierten en coasegurador.

El pago de esta cantidad tiene como objeto que sólo se utilice el seguro en caso de una enfermedad realmente grave, pero generalmente la aseguradora no cobra ni deducible ni coaseguro en el caso de accidentes.

Cláusulas del seguro de gastos médicos mayores que es importante que estén en tu póliza:

a) Importe de la suma asegurada por evento o reclamación, por período o por la vida del asegurado. Asegúrate de que la suma asegurada se reinstale (vuelva a ser por la misma cantidad) después de cada reclamación o periodo.

b) Que cubra cirugía estética, procedimientos odontológicos y oftalmológicos requeridos a causa de un accidente o enfermedad que sí esté cubierta.

c) Los deportes conocidos como peligrosos (automovilismo, motociclismo, tauromaquia, paracaidismo, etc.) están excluidos de estas pólizas, sin embargo, si los prácticas, pueden estar cubiertos cuando se paga una extra-prima.

d) Que cuente con la cobertura de enfermedades graves, como cáncer, VIH, etcétera.

e) Si cambias de aseguradora, verifica que te respeten tu antigüedad.

Fuente: www.condusef.gob.mx/

 

Agradezco a Salvador Cababie y a Enlace Integral las facilidades para este artículo

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